La Constitución Española de 1978 vuelve a modificarse; el día 20 de mayo de 2026 se publicó en el BOE la cuarta reforma constitucional desde la entrada en vigor de la Constitución, entrando en vigor el mismo día de su publicación.
La modificación afecta directamente al artículo 69.3 de la Constitución Española, relativo a la representación insular en el Senado.
¿Qué cambia exactamente?
Hasta ahora:
- Ibiza y Formentera compartían un único senador.
Tras la reforma:
- Ibiza elige 1 senador.
- Formentera elige 1 senador propio.
Esto supone que ambas islas pasan a tener representación independiente en la Cámara Alta.
¿Qué procedimiento se ha utilizado?
La reforma se ha realizado mediante el procedimiento ordinario de reforma constitucional, regulado en el artículo 167 de la Constitución Española.
Datos clave para oposiciones
- Reforma del artículo 69.3.
- Publicada en el BOE el 20 de mayo de 2026.
- Entrada en vigor el mismo día de su publicación.
- Ibiza y Formentera pasan de compartir senador a tener uno cada una.
- Procedimiento utilizado: ordinario del artículo 167 CE.
- Se trata de la cuarta reforma de la Constitución Española.
A tener en cuenta: disposición transitoria única
La eficacia de la creación de las circunscripciones electorales de Ibiza y Formentera quedará pospuesta hasta la convocatoria de las primeras elecciones al Senado que se celebren tras la entrada en vigor de la reforma, según establece su disposición transitoria única.
Posible pregunta en próximos exámenes oficiales
¿Cuántos senadores elige Formentera tras la reforma del artículo 69.3 CE?
A) 1 senador.
B) 1 senador junto a Ibiza.
C) 2 senadores.
D) Ningún senador.
Respuesta correcta: A) 1 senador.
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Porque en oposiciones, llegar tarde a una reforma puede costar una plaza.